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LA BANDERA DE ALAEJOS

 

Bandera de Alaejos

 

La Diputación Provincial encargó el estudio-proyecto de la Bandera del Ayuntamiento de Alaejos a D. Lucio Zumel Menocal, técnico experto con amplios conocimientos en materia de Vexilología y Heráldica, quien siguió plenamente las directrices, aspiraciones y hechos memorables de esta villa.

El Pleno del Ayuntamiento de Alaejos en sesiones ordinaria, celebrada el 21 de diciembre de 1994, y extraordinaria, celebrada el 29 de marzo de 1995, acordó por unanimidad aprobar la bandera municipal.

En el B.O.P. (Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid) nº 95, de 26 de abril de 1995, se publicó el anuncio del Ayuntamiento de Alaejos sobre adopción de bandera municipal, exponiéndose el expediente al público por quince días hábiles para su examen.

En el B.O.C.YL. (Boletín Oficial de Castilla y León) nº 126, del martes 2 de julio de 1996, se publicó un anuncio de la Diputación Provincial de Valladolid relativo a la Bandera Municipal del Ayuntamiento de Alaejos.

En el B.O.E. (Boletín Oficial del Estado) nº 171, del martes 16 de julio de 1996, se inserta un anuncio de la Diputación Provincial de Valladolid, por el que se da publicidad a la Bandera del municipio de Alaejos.  Se reproduce a continuación:

“RESOLUCIÓN de 20 de junio de 1996, de la Diputación Provincial de Valladolid, por la que se hace pública la aprobación de la bandera del municipio de Alaejos.
Practicada la votación, por unanimidad y de conformidad con el dictamen de la Comisión de Personal y Régimen Interior, el Pleno acuerda:- Aprobar la bandera municipal del Ayuntamiento de Alaejos, de conformidad con el acuerdo de aprobación definitiva adoptado por el mencionado Ayuntamiento, cuya descripción es como sigue:
            Emblema definitivo de la Bandera:   El escudo heráldico municipal presidirá de forma definitiva la bandera de Alaejos, en calidad de emblema de la misma, y bordado de oro en su anverso.
            Descripción de la Bandera:    Se trata de una bandera rectangular a manera de la española, apaisada, de por mitad horizontal o de campo cortado, confeccionada de tafetán o seda, al igual que la cenefa acintada de su contorno, siendo el doble la largura de los lados mayores (2 metros) que la altura de sus flancos (1 metro).
            La línea horizontal y paralela a los lados mayores, al enlazar los puntos medios de los flancos pasando por el corazón de la enseña, divide el campo de ésta en dos zonas idénticas y de las mismas proporciones: I o superior y II o inferior.
            I.  Zona superior.  El campo de esta franja es de color azul celeste, lo mismo que la porción de cenefa (de 3 centímetros de anchura) que, fijada a pespunte, enmarca el lado superior y sus flancos (de 2 por 0,50 metros).
            II.  Zona inferior.  El campo de esta zona es del color amarillo propio del oro viejo, como la porción de cenefa que delimita y refuerza el perímetro del lado inferior y de sus flancos, observándose las medidas de la franja precedente.
            Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 105/1991, de 9 de mayo, de la Consejería de la Presidencia y Administración Territorial.
            Valladolid, 20 de junio de 1996.- El Presidente, Ramiro Felipe Ruiz Medrano.”